Divorcio contencioso: fases, tiempos, costes y qué ha cambiado en 2026

Si tu pareja y tú no llegáis a un acuerdo sobre el divorcio, el proceso se convierte en contencioso. Te explicamos cómo funciona paso a paso, cuánto tarda, cuánto cuesta y qué ha cambiado con la nueva normativa.

Qué es un divorcio contencioso

El divorcio contencioso es el procedimiento judicial que se inicia cuando los cónyuges no logran ponerse de acuerdo en alguno o en todos los aspectos de su separación: la custodia de los hijos, la pensión de alimentos, el uso de la vivienda familiar, el reparto de bienes o la pensión compensatoria.

A diferencia del divorcio de mutuo acuerdo, aquí no existe un convenio regulador firmado por ambas partes. Es el juez quien decide, tras escuchar a ambos, cuáles serán las condiciones definitivas de la ruptura.

El procedimiento está regulado en el artículo 770 de la Ley de Enjuiciamiento Civil y en los artículos 81 y siguientes del Código Civil. No es necesario alegar ninguna causa para solicitarlo: el único requisito es que hayan transcurrido al menos tres meses desde la celebración del matrimonio, salvo que existan circunstancias de urgencia como violencia o malos tratos.

La gran novedad de 2026: la mediación previa es obligatoria

Desde el 3 de abril de 2025, con la plena entrada en vigor de la Ley Orgánica 1/2025 de Medidas de Eficiencia del Servicio Público de Justicia, cualquier persona que quiera presentar una demanda de divorcio contencioso está obligada a acreditar previamente un intento de resolución extrajudicial del conflicto.

Estos mecanismos se denominan MASC (Medios Adecuados de Solución de Controversias) e incluyen la mediación familiar, la conciliación o la negociación directa documentada.

Qué implica en la práctica

La ley no obliga a llegar a un acuerdo, sino a intentarlo. Si la mediación fracasa o una de las partes se niega a participar de forma injustificada, puede presentarse igualmente la demanda, aunque la negativa injustificada puede tener consecuencias procesales.

Cuándo no es obligatoria la mediación previa

  • Cuando existen indicios o condena por violencia de género o doméstica
  • En situaciones de urgencia que requieran medidas cautelares inmediatas
  • Cuando una de las partes reside fuera de España
firma de divorcio contencioso

Fases del divorcio contencioso paso a paso

Fase 1 Intento de mediación o MASC

Antes de presentar la demanda, las partes deben acudir a un proceso de mediación con un mediador acreditado o acreditar otro MASC válido. Si no hay acuerdo, se obtiene el certificado que permite acceder a la vía judicial.

Fase 2 Presentación de la demanda

Uno de los cónyuges presenta la demanda ante el juzgado de primera instancia competente. La demanda debe incluir propuestas concretas sobre todos los aspectos en disputa: custodia, régimen de visitas, pensión de alimentos, uso de la vivienda y pensión compensatoria si procede. Para presentar la demanda es obligatorio contar con abogado y procurador.

Fase 3 Medidas provisionales

En paralelo a la demanda, o incluso antes de presentarla, es posible solicitar al juez medidas provisionales que regulen la situación de la familia mientras dura el procedimiento: uso de la vivienda, custodia provisional, pensión de alimentos o régimen de visitas. La pensión compensatoria no puede fijarse como medida provisional: solo se determina en la sentencia definitiva.

Fase 4 Contestación a la demanda

El cónyuge demandado tiene un plazo de 20 días para responder. Puede aceptar las propuestas, rechazarlas total o parcialmente, o presentar una reconvención con sus propias pretensiones.

Fase 5 Vista judicial

Ambas partes deben acudir obligatoriamente con sus abogados y procuradores. En la vista se practican las pruebas admitidas: interrogatorio, testificales, periciales y, si hay hijos menores, el informe del equipo psicosocial del juzgado. Si los hijos tienen 12 años o madurez suficiente, el juez puede escucharlos directamente.

Fase 6 Sentencia y recurso

El juez dicta sentencia fijando todas las medidas definitivas. Si alguna de las partes no está conforme, puede interponer recurso de apelación ante la Audiencia Provincial, lo que alarga el procedimiento entre 6 y 12 meses adicionales.

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Qué decide el juez cuando hay hijos

Custodia: compartida o exclusiva

La custodia compartida se acerca ya al 50% de los procedimientos con hijos en España. El Tribunal Supremo la considera «normal e incluso deseable» cuando las circunstancias lo permiten. Sin embargo, no se concede automáticamente: el juez valora el interés superior del menor, el informe del equipo psicosocial, la relación con cada progenitor y la capacidad real de ambos para asumir el cuidado diario.

Pensión de alimentos

Ambos progenitores están obligados a contribuir en proporción a sus ingresos y a las necesidades de los menores. En custodia exclusiva, el progenitor no custodio suele abonar una pensión mensual. En custodia compartida, el juez valora si existe desequilibrio económico entre los progenitores.

Uso de la vivienda familiar

En custodia exclusiva, el uso de la vivienda suele atribuirse al progenitor custodio aunque no sea el propietario. En custodia compartida, el juez valora las circunstancias económicas de cada parte para decidir, y puede fijar un plazo temporal de uso.

La pensión compensatoria

La pensión compensatoria se fija cuando el divorcio produce un desequilibrio económico en uno de los cónyuges respecto al otro. No es una pensión vitalicia ni un mecanismo para igualar patrimonios: su finalidad es compensar el perjuicio que el matrimonio ha causado en la capacidad económica del cónyuge más perjudicado.

La tendencia jurisprudencial actual apunta hacia pensiones temporales en lugar de vitalicias, especialmente cuando el cónyuge beneficiario tiene capacidad para incorporarse al mercado laboral. Puede modificarse o extinguirse si cambian las circunstancias.

Cuánto tarda un divorcio contencioso

Los plazos dependen de la carga del juzgado, la complejidad del caso y el nivel de conflictividad. Como orientación general: sin hijos y conflictividad baja, entre 6 y 10 meses; con hijos y conflictividad media, entre 10 y 18 meses; con alta conflictividad y peritos, entre 18 y 24 meses. Si hay recurso de apelación, hay que añadir entre 6 y 12 meses adicionales.

Cuánto cuesta un divorcio contencioso

Los honorarios son libres en España y varían según la complejidad del caso. Como referencia orientativa: honorarios de abogado entre 1.500 y 5.000 euros por parte, procurador entre 300 y 600 euros, informe pericial entre 1.000 y 1.500 euros si procede, y recurso de apelación entre el 60% y el 70% de los honorarios iniciales. Los particulares están exentos de tasas judiciales desde 2015. Si los ingresos son inferiores a dos veces el IPREM, es posible solicitar justicia gratuita.

Cuándo conviene intentar reconvertir el contencioso en mutuo acuerdo

Aunque el proceso sea contencioso desde el inicio, las partes pueden llegar a un acuerdo en cualquier momento antes de que el juez dicte sentencia. Si ese acuerdo se produce, el procedimiento puede reconvertirse en mutuo acuerdo, con la reducción de costes y tiempos que eso implica. En nuestra experiencia, muchos divorcios que comienzan como contenciosos acaban resolviéndose por acuerdo durante la fase de mediación o instrucción.

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Preguntas frecuentes sobre el divorcio contencioso

  • En el divorcio de mutuo acuerdo ambos cónyuges pactan las condiciones en un convenio regulador y lo presentan juntos al juzgado. En el contencioso no hay acuerdo en uno o varios aspectos, por lo que es el juez quien decide las condiciones definitivas tras un procedimiento judicial con vista oral y pruebas. El contencioso es más largo, más costoso y emocionalmente más desgastante.
  • Sí, desde el 3 de abril de 2025. La Ley Orgánica 1/2025 obliga a acreditar un intento previo de resolución extrajudicial (mediación, conciliación o negociación) antes de presentar la demanda. La ley no obliga a llegar a un acuerdo, solo a intentarlo. Hay excepciones: casos de violencia de género, urgencia con menores o residencia de una parte fuera de España.
  • No. La custodia compartida no se concede automáticamente aunque se solicite. El juez valora el interés superior del menor, el informe del equipo psicosocial, la relación de los hijos con cada progenitor y la capacidad real de ambos para asumir el cuidado diario. Aunque en 2026 se acerca al 50% de los casos con hijos, cada situación se analiza individualmente.
  • Son medidas que el juez puede acordar desde el inicio del procedimiento para regular la situación familiar mientras dura el proceso: custodia provisional, pensión de alimentos, uso de la vivienda o régimen de visitas. La pensión compensatoria no puede fijarse como medida provisional: solo se determina en la sentencia definitiva. Pueden solicitarse antes de presentar la demanda o en el mismo escrito de demanda.
  • Sí, en cualquier momento antes de que el juez dicte sentencia. Si las partes alcanzan un acuerdo durante el proceso, pueden presentar un convenio regulador y el procedimiento se reconvierte en mutuo acuerdo, reduciendo significativamente los costes y los tiempos. En la práctica, muchos divorcios que comienzan como contenciosos acaban resolviéndose así, especialmente tras la mediación previa obligatoria.

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