Reclamación plusvalía municipal

¿Has pagado el impuesto de plusvalía municipal al vender, heredar o donar una propiedad en Zaragoza? En EG Servicios Jurídicos somos abogados especialistas en reclamar la plusvalía municipal.

Abogados especializados en reclamar plusvalías municipales

¿Has pagado el impuesto de plusvalía municipal tras vender, heredar o donar un inmueble, y crees que el cobro fue incorrecto? En EG Servicios Jurídicos contamos con un equipo de abogados expertos en la devolución de la plusvalía municipal que te ayudarán a recuperar el importe pagado.

Conocemos a fondo los requisitos específicos exigidos por el Ayuntamiento de Zaragoza, lo que garantiza que podamos gestionar el proceso con la mayor eficiencia posible, maximizando las probabilidades de éxito a la hora de reclamar.

Recuperar lo que te corresponde no tiene por qué ser complicado ni estresante: nuestros abogados están a tu disposición para gestionar tu reclamación de plusvalía municipal con eficacia y profesionalidad.

Descubre si puedes reclamar la plusvalía municipal

    ¿Estas buscando un abogado de plusvalía municipal en Zaragoza?

    Si resides en Zaragoza o sus alrededores y deseas reclamar el impuesto de plusvalía municipal, en EG Servicios Jurídicos somos tu abogado ideal. Nuestro conocimiento local y experiencia en reclamaciones nos permiten ofrecerte un servicio cercano, con un trato personalizado y eficiente que responde a las necesidades específicas de los contribuyentes zaragozanos.

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    ¿Qué es la plusvalía municipal?

    La plusvalía municipal o impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana (IIVTNU), es un tributo que grava el incremento del valor del terreno desde el momento en el que fue adquirido hasta su transmisión y que deben pagar los propietarios al vender, heredar o donar un inmueble.

    El impuesto esta regulado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

    El objetivo de la plusvalía municipal es que los ayuntamientos recauden ingresos, pero en muchos casos este impuesto se ha cobrado aun cuando el inmueble no ha generado un beneficio real para el propietario.

    La Sentencia del Tribunal Constitucional nº 59/2017, de 11 de mayo, estableció que, cuando no existe un aumento en el valor del inmueble en el momento de su transmisión, no se debe aplicar el impuesto de plusvalía municipal.

    Desde entonces, cualquier transmisión de bienes inmuebles de naturaleza urbana que no presente un incremento en el valor del terreno queda exenta del pago de la plusvalía.

    ¿Cómo se calcula el impuesto de plusvalía?

    El calculo del IIVTNU se realiza mediante una formula que considera el valor catastral del terreno y el tiempo que el propietario ha poseído el inmueble.

    Este cálculo suele ser responsabilidad del Ayuntamiento de Zaragoza y se basa en una fórmula que, en muchas ocasiones, no refleja la situación real del inmueble.

    El valor catastral se encuentra en el recibo del IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles) y es actualizado periódicamente por el Ayuntamiento. Este se basa exclusivamente en el valor del suelo.

    A ese valor catastral la administración local aplica un incremento de porcentaje anual entre el 1,5% al 3%, que depende del tiempo que el propietario haya mantenido el inmueble en su poder. Por norma general, se establece un periodo máximo de 20 años, de modo que, a partir de esa duración, el incremento deja de acumularse.

    Este complejo cálculo y sus posibles fallos son razones por las que contar con la asesoría legal es clave para el éxito de la reclamación, tanto para evitar el pago indebido del impuesto de plusvalía como para tramitar una reclamación si se ha pagado de más.

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    ¿Cómo te ayudamos en EG Servicios Jurídicos?

    En EG Servicios Jurídicos, gestionamos la reclamación de plusvalía municipal en Zaragoza de principio a fin, garantizando un proceso claro y eficiente para nuestros clientes. Nuestros servicios incluyen cada fase necesaria para que puedas reclamar el importe abonado de forma injusta

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    1.

    Análisis inicial de la posible reclamación

    Revisamos toda la documentación disponible y verificamos si la normativa local actual ampara tu derecho a reclamar.

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    2.

    Gestión de la reclamación

    Si el caso es viable, nos encargamos de presentar la reclamación formal ante el Ayuntamiento de Zaragoza, ocupándonos de todo el proceso administrativo

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    3.

    Defensa legal experta ante tribunales

    En caso de que el Ayuntamiento no responda o rechace la reclamación, nuestro equipo de abogados cuenta con la experiencia para llevar el caso ante los tribunales.

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    4.

    Devolución del importe pagado

    Tras un resultado favorable, gestionamos la devolución del importe de la plusvalía, asegurándonos de que el proceso culmine de forma satisfactoria.

    Preguntas frecuentes

    ¿Quién puede reclamar el impuesto de plusvalía municipal?

    Tanto a personas físicas como jurídicas que hayan pagado este impuesto al transmitir un inmueble urbano (por venta, herencia o donación) y que puedan demostrar que no hubo un incremento en el valor del terreno o que incluso hubo una pérdida.

    ¿Cuál es el plazo para reclamar el impuesto de plusvalía municipal?

    El plazo para presentar la reclamación depende del tipo de pago:

    • Si el pago ha sido voluntario, es decir, realizado sin requerimiento previo del Ayuntamiento de Zaragoza u otra administración, el contribuyente tiene un plazo máximo de cuatro años desde la fecha del pago.
    • Si el pago fue realizado mediante una liquidación administrativa, el plazo para reclamar es de un mes a partir de la notificación de la liquidación. Pasado este plazo, la reclamación solo podría realizarse en casos excepcionales.

    ¿Cuánto dinero se puede recuperar por el impuesto de plusvalía?

    La cantidad que se puede recuperar depende del importe pagado y de los resultados del análisis de cada caso. En general, si se demuestra que el terreno no aumentó su valor o sufrió una pérdida, se podría reclamar el 100% del impuesto abonado.

    En los casos en los que el valor del terreno se incrementó ligeramente, el importe recuperable puede llegar a ser de hasta un 37,5% del impuesto. Esto dependerá del número de años que se haya tenido el bien en propiedad y del ayuntamiento.

    ¿Qué documentación necesito para iniciar la reclamación?

    Para iniciar el proceso de reclamación del impuesto de plusvalía, se requieren los siguientes documentos:

    • Escritura de adquisición y transmisión del inmueble.
    • Justificante de pago del IIVTNU.
    • Valor catastral del terreno.
    • Cualquier documento que demuestre una pérdida de valor del inmueble, como tasaciones previas o estudios de mercado en el momento de la transmisión.

    ¿Qué sucede si no estoy de acuerdo con el cálculo de la plusvalía municipal?

    Si no estás de acuerdo con el cálculo de la plusvalía municipal realizado por el Ayuntamiento de Zaragoza u otra administración local, puedes presentar una reclamación administrativa solicitando la revisión del importe. En EG Servicios Jurídicos te ayudaremos en todo el proceso.

    ¿En qué puede ayudarme un abogado con la plusvalía municipal?

    Un abogado especializado en reclamaciones de plusvalía municipal puede asesorarte, ayudarte a calcular la plusvalía correctamente, e incluso representarte en caso de reclamaciones.