En EG Servicios Jurídicos hemos conseguido una importante sentencia a favor de nuestros clientes contra BBVA, que ha sido condenado a devolver más de 13.000€ por responsabilidad civil derivada de un mal asesoramiento en la concesión de una hipoteca.
El caso: una promesa incumplida
En mayo de 2022, nuestros clientes contactaron con la sucursal del BBVA en Zaragoza para informarse sobre la viabilidad de obtener una hipoteca para la adquisición de una segunda vivienda. La peculiaridad del inmueble era que se encontraba en un terreno de concesión municipal, circunstancia que informaron al banco desde el primer momento.
Desde el inicio, la entidad bancaria garantizó verbalmente y por escrito que no habría problema en conceder la financiación, a pesar de que el terreno de la vivienda tenía un régimen de concesión municipal.
Confiando en las palabras de su gestor, los compradores firmaron un contrato de arras, adelantando 10.000€, y asumieron el resto de gastos derivados. Además la propia entidad bancaria les concedió un préstamo personal de 39.000€ para cubrir todos esos costos.
El problema llegó en el último momento
- BBVA cambió de criterio y denegó la hipoteca por la misma razón que antes había asegurado que no era un problema.
- Nuestros clientes perdieron las arras y asumieron gastos innecesarios, ya que no pudieron financiar la compra con otra entidad en tan poco tiempo.
- BBVA intentó justificar su actuación ofreciendo productos alternativos que no solucionaban la situación creada.
Fundamentos jurídicos de la sentencia: responsabilidad del banco
El Juzgado de Primera Instancia Nº 10 de Zaragoza ha fallado a favor de nuestros clientes, estableciendo que BBVA incurrió en responsabilidad civil extracontractual, conforme a lo dispuesto en el artículo 1902 del Código Civil:
El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado
Existencia de una conducta negligente por parte de BBVA
El banco garantizó erróneamente la concesión de la hipoteca sin realizar un estudio previo adecuado sobre la viabilidad de la operación. Esta conducta es imputable al banco y constituye un asesoramiento defectuoso, contrario a la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios (Real Decreto Legislativo 1/2007, de 16 de noviembre), que obliga a las entidades financieras a ofrecer información veraz, objetiva y suficiente.
Relación de causalidad entre la actuación del banco y el daño sufrido
La falta de diligencia del BBVA induciendo a los clientes a firmar un contrato de arras y asumir gastos financieros sin garantías reales, generó un perjuicio económico directo y cuantificable. Este daño no habría existido si el banco hubiera informado correctamente sobre la imposibilidad de conceder la hipoteca.
Daño patrimonial cuantificable
La sentencia reconoce que el perjuicio sufrido asciende a 13.284,85€, cantidad que incluye:
- 10.000€ perdidos en arras.
- 3.284,85€ en intereses del préstamo personal concedido por BBVA para cubrir estos gastos.
Aplicación del artículo 1903 del Código Civil
El banco es responsable de los actos de sus empleados, conforme a lo dispuesto en el artículo 1903 CC, que establece:
«Los dueños o directores de un establecimiento o empresa son responsables de los perjuicios causados por sus dependientes en el servicio de los ramos en que los tuvieran empleados, o con ocasión de sus funciones.»
Dado que la actuación del gestor bancario fue determinante en la generación del daño, la entidad bancaria debe responder por sus acciones.
Condena en costas a BBVA
El tribunal, aplicando el principio de vencimiento objetivo (artículo 394 de la Ley de Enjuiciamiento Civil), ha impuesto a BBVA el pago de las costas procesales, al haber sido desestimadas todas sus alegaciones de defensa.
La sentencia: una victoria para los consumidores
Esta sentencia establece un precedente relevante en materia de responsabilidad civil de las entidades bancarias cuando su mala gestión provoca daños a los clientes.
💡 El sector bancario debe actuar con diligencia y transparencia en sus operaciones, especialmente cuando sus decisiones afectan patrimonialmente a los consumidores.
💡 Los clientes tienen derecho a reclamar cuando un banco, por asesoramiento deficiente, les induce a firmar compromisos económicos que no pueden cumplir.
💡 La Justicia ha dado la razón a nuestros clientes y ha condenado a BBVA a reparar el daño causado.
En EG Servicios Jurídicos, luchamos contra los abusos bancarios y defendemos los derechos de los consumidores. Si te has visto afectado por una situación similar, podemos ayudarte a reclamar lo que te corresponde.