Abogados tarjetas revolving en Zaragoza

Reclama los intereses abusivos de las tarjetas revolving y cancela la deuda si se considera usura.

Reclamar tu tarjeta revolving en Zaragoza nunca fue tan fácil

El Tribunal Supremo fijó los criterios para poder reclamar la tarjeta revolving y todos los intereses asociados al declararlas abusivas por falta de transparencia. En EG Servicios Jurídicos somos expertos en derecho bancario, haciendo el proceso de reclamación más sencillo.

Si tu tarjeta revolving supera el 20% TAE es muy probable que puedas reclamar la nulidad del contrato, la devolución de intereses abusivos y la cancelación de la deuda pendiente. En caso de estar por debajo del 20%, contáctanos para valorar tu caso.

Además podemos solicitar una indemnización si te inscribieron en un fichero de morosos.

Cuéntanos tu caso

    Tipos de tarjetas revolving

    En EG Servicios Jurídicos somos abogados especializados en la gestión de reclamaciones y denuncias asociadas a tarjetas revolving independientemente de la entidad que la emita. Nuestro objetivo es claro: lograr la nulidad del contrato y que recuperes todo el dinero pagado de más.

    Las tarjetas revolving más habituales son las que provienen de bancos, financieras o grandes superficies comerciales (Alcampo, El Corte Inglés, Repsol, etc). Da igual el emisor, todas comparten un funcionamiento similar: pagos aplazados con intereses muy elevados y cuotas que no reducen la deuda.

    Te brindamos todos los servicios necesarios para reclamar los intereses abusivos. Revisamos tu contrato, redactamos la reclamación y la presentamos ante los tribunales. Velaremos por defender tus derechos.

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    EG Servicios Jurídicos, abogados especialistas en tarjetas revolving

    En EG Servicios Jurídicos, entendemos la complejidad de los asuntos relacionados con tarjetas revolving. Con transparencia, esmero y un sólido compromiso, estamos aquí en Zaragoza para ayudarte.

    ¿Qué es una tarjeta revolving?

    Las tarjetas revolving son un tipo de tarjeta de crédito que permite aplazar el pago de tus compras mediante cuotas mensuales. Puede parecer una solución cómoda para financiar gastos pero su funcionamiento es realmente mucho más complejo y abusivo.

    Cada vez que usas la tarjeta revolving, dispones de un crédito que se renueva automáticamente. Mes a mes pagas una cuota fija o un porcentaje de la deuda. Los intereses aplicados son muy altos, superando incluso el 20% TAE, por lo que la deuda se alarga durante años aunque sigas pagando la cuota.

    Gran parte de la cuota mensual pagada se destina a cubrir los intereses, por lo que no se reduce la deuda. Esto genera un efecto bola de nueve que atrapa al cliente en un ciclo de pagos indefinido. El Tribunal Supremo ha declarado nulos muchos de los contratos de tarjetas revolving al considerarlos usurarios por tener un tipo de interés muy superior al tipo medio del mercado.

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    ¿Cuándo existe falta de transparencia?

    La falta de transparencia en las tarjetas revolving ocurre cuando la entidad emisora no informa de forma clara, comprensible y accesible sobre los aspectos clave. Es decir, la información proporcionada impide al consumidor tomar una decisión informada, vulnerando sus derechos.

    Si firmaste un contrato sin entender del todo las condiciones o te ocultaron información, en EG te ayudamos a reclamar la tarjeta revolving al poder constituir un delito por falta de transparencia.

    ¿Cuándo se considera, por ley, que hay falta de transparencia?

    • Información incompleta o confusa sobre los intereses: Si el contrato no explica de forma clara la TAE correspondiente, cómo se calculan los intereses o cómo afecta el pago mínimo de la cuota al coste total del crédito, podríamos estar ante un caso de práctica opaca y abusiva.
    • Venta de un seguro (u otro producto) sin consentimiento claro: Incluir seguros o cualquier otro servicio financiero sin que el cliente lo solicite o apruebe expresamente es una práctica desleal.
    • Condiciones en letra pequeña: Los términos importantes del contrato deben ser perfectamente legibles, bien ubicados y con un lenguaje comprensible. En caso contrario, se puede considerar que ocultan información intencionadamente.
    • Omisión de los riesgos del producto: Todo servicio financiero tiene unos riesgos. Se debe informar que una tarjeta revolving puede implicar una deuda indefinida o difícil de saldar. Si la persona que te vendió este servicio no tenía la formación adecuada también puede incurrir en falta de transparencia.
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    Sentencias relevantes sobre las tarjetas revolving

    Las tarjetas revolving, muy populares hace unos años, han sido objeto de numerosos sentencias judiciales a favor del consumidor. Tribunales de Primera Instancia, Audiencias Provinciales y, sobre todo, el Tribunal Supremo, han ido sentando jurisprudencia para reconocer el carácter usurario y opaco de estos productos.

    Sentencia del Tribunal Supremo de marzo de 2020

    En este caso, el Tribunal Supremo declaró la nulidad de un contrato de tarjeta revolving por considerar que el interés remuneratorio aplicado por la entidad financiera era usurario (27,24%), confirmando la usura de una tarjeta revolving. La sentencia estableció que un interés significativamente superior al interés normal del dinero y manifiestamente desproporcionado al de las circunstancias del caso es motivo de nulidad.

    Esta decisión se basó en la Ley de Represión de la Usura de 23 de julio de 1908, conocida como «Ley Azcárate», que sigue siendo aplicable hoy en día. El Supremo argumentó que un interés 7 puntos básicos mayor que el promedio de los intereses en créditos al consumo, que en ese momento rondaba entre el 20% anual, podría considerarse excesivo. La sentencia fue un hito porque reforzó la protección al consumidor contra prácticas financieras desleales, estableciendo un precedente claro para futuros casos y obligando a las entidades financieras a revisar sus políticas de interés.

    En 2025 el Tribunal Supremo fija los criterios para declarar abusivas las tarjetas revolving

    El 3 de febrero de 2025 el Poder Judicial publica la noticia de que el Tribunal Supremo fija los criterios para declarar abusivos los intereses de las tarjetas revolving . Gracias a esto se simplifican los procesos judiciales y de negociación en las reclamaciones presentadas.

    ¿Buscas a los mejores abogados de tarjetas revolving en Zaragoza?


    En Zaragoza somos referencia legal para asuntos de tarjetas revolving. Defendemos tus derechos y te asesoramos con compromiso, claridad y experiencia.

    ¿Cómo trabajamos en EG Servicios Jurídicos?

    1. Realizamos una evaluación inicial de tu caso de forma detallada y estudiamos las posibles formas de actuación.
    2. Negociamos con la entidad financiera lo mejor para tus intereses.
    3. Te asesoramos en todos los pasos de la reclamación de los intereses de tu tarjeta revolving.
    4. Reclamamos judicialmente ante el juez en caso de falta de un acuerdo con la entidad bancaria.
    5. Alto porcentaje de éxito en Zaragoza.
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    FAQs – Preguntas frecuentes sobre tarjetas revolving

    ¿Puedo reclamar aunque haya firmado el contrato hace años?

    Si, aunque tengas el contrato desde hace tiempo, mientras sigas pagando y no hayan pasado más de 5 años desde el último movimiento, puedes iniciar una reclamación. Contáctanos y revisaremos tu caso.

    ¿Por qué se consideran abusivas algunas tarjetas revolving?

    Debido a los altos intereses que suelen aplicar, que en muchos casos superan el límite de usura establecido por la Ley de Contratos de Crédito al Consumo (Ley 16/2011). Según el Tribunal Supremo, se considera usura y, por tanto, abusivo, un interés que sea significativamente más elevado que el promedio del mercado y que no esté justificado por las circunstancias del caso.

    Además está la falta de transparencia en la firma del contrato al no notificar claramente a los usuarios que este tipo de créditos son «indefinidos».

    ¿Cómo puedo saber si mi tarjeta revolving tiene intereses abusivos?

    Necesitarás identificar en el contrato de la tarjeta revolving el TAE aplicado y compararlo con el tipo de interés medio establecido por el Banco de España. Si supera con creces este promedio y no se justifica por un riesgo alto, el crédito puede declararse como abusidvo.

    ¿Puedo recuperar el dinero pagado aunque ya haya cancelado la tarjeta?

    Si. Aunque hayas pagado toda la deuda, puedes reclamar los intereses abusivos si se demuestra que el contrato era usurario. Ya tenemos casos de victoria ante los tribunales.

    ¿Puedo reclamar si me han inscrito en ASNEF u otro fichero de morosos por culpa de esta tarjeta?

    Si y además podrás reclamar una indemnización por daños si te han incluido indebidamente. Si se declara tu tarjeta como abusiva, se puede solicitar que te eliminen del fichero y la debida indemnización por los daños ocasionados.

    Donde podéis encontrarnos