Desahucio por finalización de contrato: qué hacer si el inquilino no se va

Cuando termina el plazo de un contrato de arrendamiento, lo normal es que el inquilino devuelva la vivienda y el propietario recupere su inmueble sin complicaciones. Sin embargo, en la práctica no siempre ocurre así. Muchos arrendadores se encuentran con la situación de que el inquilino no abandona la vivienda pese a haber finalizado el contrato.

En esos casos, la única vía posible es acudir al procedimiento de desahucio por finalización de contrato. Si te encuentras en esta situación, puedes consultar nuestro servicio de abogados especialistas en desahucios.

En este artículo explicamos en qué consiste, cuándo procede, cuánto tarda y cuáles son los pasos que deben seguirse para recuperar legalmente la posesión de la vivienda.

¿Qué es el desahucio por finalización de contrato?

El desahucio por finalización de contrato es el procedimiento judicial mediante el cual el propietario puede recuperar su vivienda cuando el plazo del contrato de arrendamiento ha expirado y el arrendatario no la entrega voluntariamente.

Este supuesto se regula en la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) y no debe confundirse con el desahucio por impago de rentas. En este caso no existe deuda pendiente, sino que el arrendador ejerce su derecho a disponer nuevamente de su inmueble al haber terminado la duración pactada.

¿Cuándo puede solicitarse el desahucio por fin de contrato?

El propietario puede iniciar este procedimiento en diferentes escenarios, siempre que se haya cumplido el plazo contractual:

  • Cuando el contrato de arrendamiento de vivienda habitual finaliza y no se renueva.
  • En supuestos de alquiler vacacional donde el inquilino no se va en la fecha acordada.
  • Cuando el arrendador ha comunicado expresamente que no desea prorrogar el contrato, y aun así el inquilino permanece en la vivienda.

En todos estos casos, el desahucio por finalizar contrato de alquiler es la herramienta legal que garantiza que el propietario pueda recuperar su inmueble.

Pasos para iniciar el procedimiento de desahucio por finalización de contrato

El proceso judicial sigue una serie de fases que conviene conocer para entender cómo se desarrolla.

1. Notificación al inquilino

Lo primero es comunicar al arrendatario que el contrato ha terminado y que debe abandonar la vivienda. Esta notificación debe hacerse de forma fehaciente (burofax, notario o medio similar) para que tenga valor probatorio.

2. Presentación de la demanda de desahucio

Si el inquilino no entrega la vivienda, el propietario puede presentar una demanda en el juzgado. Para ello necesitará aportar el contrato de arrendamiento, la notificación previa y, en su caso, cualquier otra documentación relevante.

desahucio por finalización de contrato

3. Admisión de la demanda y requerimiento judicial

Una vez admitida, el juzgado requerirá al inquilino para que abandone la vivienda en el plazo indicado. En la notificación ya se señala una fecha para el lanzamiento en caso de que no lo haga.

4. Juicio verbal en caso de oposición

Si el arrendatario se opone, el procedimiento se convierte en un juicio verbal. Aquí ambas partes expondrán sus argumentos y será el juez quien resuelva.

5. Lanzamiento del inquilino

Si no hay oposición, o bien tras la sentencia favorable al arrendador, se procede al lanzamiento, es decir, a la recuperación física de la vivienda con auxilio de la comisión judicial.

¿Cuánto tiempo puede tardar este tipo de desahucio?

No existe un plazo fijo, ya que depende de la carga de trabajo de cada juzgado y de si el inquilino se opone o no. De forma orientativa:

  • Si no hay oposición, el procedimiento puede resolverse en unos 4 a 6 meses.
  • Si existe oposición y se celebra juicio, el plazo puede alargarse a 8 o 10 meses, e incluso más en juzgados saturados.

Por tanto, cuando alguien se pregunta cuánto tarda un desahucio por finalización de contrato, la respuesta es que varía según cada caso, aunque siempre conviene iniciar el procedimiento lo antes posible para no acumular más retrasos.

El impacto del certificado de vulnerabilidad

Una cuestión relevante es qué ocurre cuando el inquilino acredita una situación de vulnerabilidad social o económica. En ese caso, el juzgado puede suspender temporalmente el lanzamiento, lo que retrasa la recuperación de la vivienda.

El certificado de vulnerabilidad es emitido por los servicios sociales y puede suponer que el propietario deba esperar hasta que se adopten medidas alternativas de vivienda para el arrendatario. Esto no impide el desahucio, pero sí puede aplazarlo durante varios meses.

Cómo actuar si el inquilino no quiere irse

Ante un inquilino que no abandona la vivienda, la tentación de actuar por la vía de hecho (cambiar cerraduras, cortar suministros, etc.) es grande. Sin embargo, hacerlo supone un delito de coacciones y puede tener graves consecuencias para el propietario.

La única vía segura es acudir al procedimiento de desahucio por fin de contrato. Antes de ello, es recomendable intentar una negociación amistosa, ya que puede evitar meses de litigio. Si no es posible, el camino judicial es el único que garantiza recuperar la vivienda legalmente.

En definitiva, cuando surge la duda sobre cómo echar a un inquilino que no se quiere ir, la respuesta es clara: siempre a través de un procedimiento judicial de desahucio.

alquiler vacacional inquilino no se va

El desahucio por finalización de contrato es un mecanismo legal que protege al propietario cuando el inquilino no devuelve la vivienda tras expirar el arrendamiento.

Los pasos son claros: notificación fehaciente, presentación de la demanda, requerimiento judicial, posible juicio y, en último término, lanzamiento. El tiempo de resolución varía, y puede alargarse más si existe oposición o si se acredita vulnerabilidad por parte del inquilino.

En todo caso, contar con el asesoramiento de abogados especializados en desahucios es clave para que el proceso se desarrolle de forma eficaz, segura y con las mayores garantías legales.

No existe una protección automática frente al desahucio por finalización de contrato por tener discapacidad, pero sí pueden aplicarse medidas como la suspensión del lanzamiento si se acredita vulnerabilidad mediante los servicios sociales.

En EG Servicios Jurídicos estudiamos tu caso y te ayudamos a ejercer tus derechos para que no pierdas la vivienda sin explorar todas las opciones legales.

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