Durante los últimos años en España, los plazos de prescripción para la reclamación de gastos hipotecarios han sido objeto de constante debate y cambios. Esto se debe, en gran medida, a las distintas interpretaciones de las leyes y a las decisiones clave del Tribunal Supremo que han ido estableciendo directrices claras. Desde EG Servicios Jurídicos siempre recomendamos consultar con abogados especializados en la reclamación de gastos hipotecarios para recuperar los gastos hipotecarios.
Este pasado abril, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) dictó una sentencia importante, la cual supone un duro revés para la banca. A continuación, te ofrecemos más detalles sobre esta nueva sentencia y sus posibles repercusiones.
Sentencia sobre el plazo de prescripción de los gastos hipotecarios según TJUE: al detalle
La sentencia reciente del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), emitida el 25 de abril de 2024, representa un avance significativo para los consumidores con hipotecas en España. La corte ha establecido claramente que el plazo de prescripción para que los consumidores reclamen la devolución de los gastos hipotecarios abusivamente cobrados por los bancos comienza a contar desde el momento en que un juez dictamina la nulidad de la cláusula correspondiente.
Esta decisión se basa en dos fallos referentes a litigios con Caixabank y el Banco Santander, subrayando que el consumidor sólo tiene un «conocimiento cierto» de la irregularidad de la cláusula una vez que la sentencia adquiere firmeza. De esta forma, se garantiza que el consumidor está en condiciones de ejercer sus derechos efectivamente antes de que empiece o expire el plazo de prescripción. Se trata de una sentencia muy favorable al consumidor, ya que este nuevo criterio alivia al consumidor de la responsabilidad de estar continuamente informado sobre jurisprudencia aplicable, poniendo en relieve la desigualdad de condiciones frente a las entidades bancarias.
Además, la importancia de esta sentencia se refuerza con otra decisión similar emitida por el TJUE el mismo día, que resuelve una problemática similar planteada por el Juzgado de Primera Instancia nº20 de Barcelona. Ambas sentencias favorecen la capacidad de los consumidores para reclamar gastos indebidamente cobrados en hipotecas anteriores a 2019.
Tras un análisis inicial, desde EG Servicios Jurídicos consideramos que tras esta nueva sentencia, si los bancos desean argumentar que el consumidor tenía conocimientos de la abusividad de la cláusula previos a la anulación de esta por parte de un juez, las entidades financieras deben aportar pruebas especificas descartando que este conocimiento haya sido adquirido a través fuentes como medios de comunicación.
Diferencias respecto a la sentencia del TJUE de la prescripción de gastos hipotecaros de enero del 2024
En anteriores post hablamos acerca de esta sentencia emitida el pasado enero de 2024 por el TJUE que suponía un nuevo rumbo para conocer cuando prescribe la reclamación de los gastos hipotecarios.
La sentencia de enero del TJUE planteó un principio importante: el plazo de prescripción para acciones legales derivadas de cláusulas abusivas en contratos no debe comenzar hasta que el consumidor tenga conocimiento real del carácter abusivo de la cláusula.
Antes de esta clarificación, existía cierta ambigüedad sobre cuándo debería considerarse que comienza el plazo de prescripción para reclamar los gastos hipotecarios. El riesgo era que los consumidores pudieran perder su derecho a reclamar sin siquiera haberse dado cuenta de que tenían ese derecho, simplemente porque el plazo de prescripción había comenzado a correr desde la fecha de una sentencia del Tribunal Supremo. Este hecho era injusto para el consumidor ya que no necesariamente están informados de las últimas decisiones judiciales que afectan indirectamente sus contratos.
Esta sentencia de enero se ha visto reforzada con la nueva emitida por el TJUE en abril de 2024, donde se considera que el consumidor adquiere el conocimiento en el momento en el que el juez dictamina la nulidad de la clausula. Ambas responden a una necesidad de proteger al consumidor dentro del marco legal europeo, especialmente en contextos donde la comprensión y el conocimiento de las cláusulas contractuales pueden no accesibles para todos.
¿Queda zanjado desde que fecha se puede reclamar los gastos de hipoteca?
Las decisiones tomadas por el TJUE son importantes porque buscan aumentar la protección de los consumidores a través de los principios de seguridad jurídica. No obstante, desde EG Servicios Jurídicos observamos que la reciente sentencia del TJUE no zanja de forma definitiva el asunto, y deja algunas incertidumbres en cuanto a su interpretación. Esto podría ofrecer a las entidades bancarias la oportunidad de demostrar que el consumidor tenía conocimiento previo de la situación.