Zona económica exclusiva

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La Zona Económica Exclusiva (ZEE) constituye un concepto jurídico-marítimo de trascendental importancia en el Derecho Internacional del Mar, delineado y reglamentado por la Convención de las Naciones Unidas sobre el Derecho del Mar (CONVEMAR), ratificada el 10 de diciembre de 1982. Esta noción permite a los Estados costeros ejercer derechos de soberanía y jurisdicción sobre los recursos naturales, tanto vivos como no vivos, de las aguas suprayacentes al lecho del mar y su subsuelo, así como con respecto a otras actividades económicas para la exploración y explotación de la zona, extendiéndose hasta un límite máximo de 200 millas náuticas (aproximadamente 370 kilómetros) desde la línea de base desde la cual se mide la anchura del mar territorial.

En España la regulación de la ZEE se encuentra armonizada con las disposiciones de CONVEMAR, a la cual España adhirió y ratificó mediante Instrumento de Ratificación de 15 de enero de 1997, incorporándola así a su ordenamiento jurídico interno. El marco legal español relativo a la ZEE se articula, principalmente, a través de la Ley 41/2010, de 29 de diciembre, de protección del medio marino, que establece las bases para la gestión y uso sostenible de los recursos marinos, incluyendo la ZEE, bajo principios de conservación y sostenibilidad ambiental.

Cabe destacar que, si bien la ZEE confiere al Estado costero derechos de soberanía para fines de exploración y explotación de recursos, estos derechos se encuentran limitados por obligaciones específicas, entre las cuales se incluye el deber de garantizar que las actividades realizadas no perjudiquen el medio marino y respeten los derechos de otros Estados. Asimismo, se deben tomar medidas adecuadas para la conservación de los recursos vivos del mar, evitando la sobreexplotación y asegurando una utilización equitativa de los mismos, conforme a los criterios de sostenibilidad y responsabilidad ambiental.

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