Figura jurídica de especial relevancia dentro del ordenamiento procesal penal español, articulándose como un instrumento procesal a través del cual el sujeto perjudicado por un delito (querellante) formula una denuncia formal y directa ante los órganos judiciales competentes, instando la apertura de un proceso penal en contra de una o varias personas (querellados) a las que se atribuye la comisión de dicho delito. A diferencia de la denuncia, la querella requiere de una mayor formalización y especificidad en cuanto a los hechos y la normativa aplicable, implicando además una participación activa del querellante en el proceso judicial subsiguiente.
La regulación de la querella se encuentra principalmente dispuesta en la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim), específicamente en los artículos 270 y siguientes. Este cuerpo normativo establece no sólo el procedimiento a seguir para la presentación y admisión de la querella, sino también los requisitos formales que debe cumplir, incluyendo la necesidad de ser presentada por escrito, la identificación precisa del querellante y del querellado, una descripción detallada de los hechos constitutivos del delito y, en su caso, la calificación jurídica preliminar de estos hechos.
Además, la LECrim contempla que la querella debe ser firmada por el querellante o su representante legal y, salvo en casos excepcionales previstos por la ley, acompañada de una fianza cuya cuantía se determinará en función de las circunstancias del caso concreto, destinada a garantizar las responsabilidades pecuniarias que pudieran derivarse para el querellante en caso de que la querella fuera estimada temeraria o infundada.
La admisión a trámite de la querella por parte del juez competente no implica un juicio sobre el fondo del asunto, sino que meramente determina que la querella cumple con los requisitos formales y procedimentales necesarios para iniciar el proceso penal. A partir de este momento, se procederá a la investigación de los hechos denunciados, pudiendo el querellante intervenir en el proceso como parte acusadora, ejerciendo las acciones que la ley le confiere para la defensa de sus intereses.
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