Constituye un concepto fundamental dentro del marco jurídico laboral, refiriéndose al período de tiempo que cada trabajador dedica a la ejecución de la actividad laboral por la cual ha sido contratado, bajo la dirección o supervisión de otra persona, ya sea jurídica o física, denominada empleador o empresario. Este lapso temporal es establecido por las normativas vigentes y los acuerdos individuales o colectivos, dentro de los límites que impone la legislación para salvaguardar los derechos de los trabajadores y permitir una adecuada conciliación entre la vida laboral y personal.
En el contexto del ordenamiento jurídico español, la jornada laboral se encuentra regulada principalmente por el Estatuto de los Trabajadores, en su artículo 34, el cual establece que la duración máxima de la jornada ordinaria de trabajo es de 40 horas semanales de trabajo efectivo de promedio en cómputo anual. Además, dicho precepto otorga a los convenios colectivos o, en su defecto, el acuerdo entre la empresa y los representantes legales de los trabajadores, la facultad de distribuir de manera irregular a lo largo del año las horas de trabajo, siempre respetando los límites máximos y los periodos mínimos de descanso establecidos por la ley.
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