Honorarios

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Se refiere a la remuneración económica que perciben los profesionales por la prestación de sus servicios, particularmente aquellos que ejercen libremente una actividad no mercantil, como es el caso de abogados, notarios, entre otros. Esta compensación se otorga como contraprestación por su trabajo, experiencia, conocimientos técnicos o artísticos, y la responsabilidad asumida en el ejercicio de su profesión.

En España, la regulación de los honorarios profesionales se enmarca en diversas normativas, dependiendo del sector profesional. En el caso de los abogados, la remuneración por sus servicios se encuentra regulada en parte por el Estatuto General de la Abogacía Española, aprobado por el Real Decreto 658/2001, de 22 de junio, que establece en su artículo 44 que los honorarios de los abogados serán fijados libremente entre el cliente y el abogado. Sin embargo, en la ausencia de un acuerdo previo, se tomarán como referencia los criterios orientadores de honorarios que puedan establecer los Colegios de Abogados, los cuales, aunque no son de aplicación obligatoria, sirven como guía en caso de disputa.

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