La absolución, en el ámbito jurídico penal, constituye la resolución judicial por la cual se declara la no responsabilidad penal del acusado frente a los cargos imputados. Esta figura jurídica se fundamenta en el principio de presunción de inocencia, consagrado en numerosas legislaciones y tratados internacionales, que establece que toda persona se presume inocente hasta que su culpabilidad haya sido legalmente demostrada.
Esta se otorga cuando, tras el debido proceso, no se ha logrado desvirtuar esta presunción de inocencia con pruebas suficientes y convincentes. Por tanto, la absolución no implica necesariamente la acreditación de la inocencia del individuo, sino la insuficiencia probatoria para acreditar su culpabilidad más allá de una duda razonable.
Este pronunciamiento judicial puede ser dictado en distintas fases del proceso penal, dependiendo de la legislación específica de cada jurisdicción. Puede surgir al final del juicio, cuando se considera que la acusación no ha cumplido con su carga de la prueba, o incluso en fases preliminares, si se estima que no existen indicios racionales de criminalidad.
La absolución libera al acusado de toda responsabilidad penal en el proceso en cuestión, lo que impide una nueva persecución penal por los mismos hechos (ne bis in idem). No obstante, esta decisión no prejuzga sobre responsabilidades civiles que pudieran derivarse de los mismos hechos, las cuales pueden ser objeto de otro tipo de procesos judiciales.
La absolución es un elemento clave en el sistema de justicia penal, al ser una manifestación del respeto a los derechos fundamentales del acusado, en especial, del derecho a un juicio justo y a la presunción de inocencia. Asimismo, refleja el principio de que es preferible absolver a un culpable antes que condenar a un inocente, fundamento esencial de los sistemas jurídicos basados en el Estado de Derecho.
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